Empleo de personas con discapacidad. ¿Una obligación o una oportunidad?

La Organización de las Naciones Unidas (ONU) señala, que aproximadamente el 10% de la Humanidad, alrededor de 650 millones de personas presentan algún tipo de discapacidad cognitiva, visual, auditiva o física. La condición de discapacidad puede venir desde el nacimiento o se puede adquirir por algún accidente laboral o fortuito.

Las personas con discapacidad, enfrentan el reto de procurar los servicios médicos que les permitan mejorar en lo posible, su estado físico y mental, pero tal vez el mayor desafío que encaran es, superar los obstáculos físicos y sociales, que les impiden recibir educación, conseguir empleo, incluso cuando están bien cualificados, tener acceso a la información, obtener el adecuado cuidado médico y sanitario, desplazarse, en fin, integrarse en la sociedad y ser aceptados.

Existe legislación nacional e internacional, para garantizar los derechos de las personas con discapacidad. En Venezuela recientemente se aprobó la Ley de las personas con discapacidad, publicada en la Gaceta Oficial Número 38.598 de fecha 2007 que en su artículo 28 indica:

Los órganos y entes de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal, así como las empresas públicas, privadas o mixtas, deberán incorporar a sus planteles de trabajo, no menos de un cinco por ciento (5 %), de personas con discapacidad permanente, de su nómina total, sean ellos ejecutivos, ejecutivas, empleados, empleadas, obreros u obreras.

No podrá oponerse argumentación alguna que discrimine, condicione o pretenda impedir el empleo de personas con discapacidad.

Los cargos que se asignen a personas con discapacidad, no deben impedir su desempeño, presentar obstáculos para su acceso al puesto de trabajo, ni exceder de la capacidad para desempeñarlo. Los trabajadores o las trabajadoras con discapacidad, no están obligados u obligadas a ejecutar tareas que resulten riesgosas por el tipo de discapacidad que tengan.

Desde el punto de vista legal, el artículo 28 indudablemente, representa una obligación y su incumplimiento según el artículo 84, acarrea sanciones que pueden ir desde 100 Unidades Tributarias (UT) hasta 1000 UT.

Desde el punto de vista empresarial, representa la posibilidad de contar con un recurso humano que puede como cualquier aspirante, superar los requisitos exigidos, para optar al puesto de trabajo que se ofrece y ser productivo para la empresa o institución.
Desde el punto de vista social, representa la oportunidad de contribuir con la tarea de eliminar la discriminación que sufren las personas con discapacidad, al no conseguir empleo, aun cuando hayan obtenido una formación para el trabajo o hayan culminado estudios técnicos o universitarios.

En la mayoría de los Entes y empresas públicas o privadas, existe la disposición a cumplir la Ley, pero no tienen la experiencia o el conocimiento, para que la contratación de una persona con discapacidad, sea adecuada debido a varios aspectos, entre ellos se pueden mencionar, la preparación que deben recibir los empleados, que ya forman parte de la empresa para aceptar al nuevo compañero, la verificación de las condiciones para que al darle empleo, por ejemplo, a una persona que use silla de ruedas encuentre pasillos, baños y rampas con las medidas apropiadas, para que pueda desenvolverse en el ambiente de trabajo como cualquier otro compañero de labores.

¿A quién pueden acudir los Órganos y Entes de la Administración Pública o las empresas públicas y privadas, para que los asesoren y así puedan cumplir satisfactoriamente con la Ley de las personas con discapacidad?

Existen varios entes públicos que pueden brindar apoyo y asesoramiento, una buena alternativa para buscar ayuda, es dirigirse al Equipo de Integración Social más cercano, estas instituciones abarcan los ámbitos de integración familiar, educativa, comunitaria y laboral de las personas con discapacidad y están en capacidad de brindar acompañamiento en el proceso de captación, selección y empleo de estas personas.

Regadas por todo el país, están las Oficinas de Oferta de Empleo adscritas al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social, allí se puede pedir ayuda general y consultar el registro de curriculum vitae, de las personas con discapacidad que buscan empleo.

También se puede acudir a la Oficina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad (OMAPDIS), que corresponda, a fin de consultar información sobre las personas con discapacidad, que buscan trabajo. En caso que dicha oficina no se haya conformado, existe la posibilidad de dirigirse al Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad (CONAPDIS), ente ubicado en Caracas, rector de las políticas nacionales de atención a este sector social.

Otra alternativa es acudir al Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES) más cercano, donde podrán informar sobre los programas de formación en los que participan estudiantes con discapacidad.

Dar empleo a las personas con discapacidad, es obligatorio para empresas e instituciones que tengan 20 o más empleados; sin embargo, representa aun para las empresas con menos empleados, la posibilidad de brindar a las personas con discapacidad, la oportunidad de ser aquello que pueden y necesitan profundamente llegar a ser, como lo señala Maslow, en su teoría de cómo ayudar a las personas.

Si eres una persona con discapacidad prepárate, estudia. Si estás preparado busca trabajo, la integración social también depende de nosotros.

Finalmente, debemos tener presente que todos estamos expuestos a ser una persona con discapacidad.

Hernán Lecuona R.
Persona con discapacidad física
Estudios de Ing. de Sistemas culminados a la espera de Acto de Grado

http://www.vidaprofesional.com.ve/Detalle_Articulos.htm?K67uNCFwSrDC%FE,297,Empleo_de_personas_con_discapacidad._%BFUna_obligaci%F3n_o_una_oportunidad?,Responsabilidad%20Social