La Asamblea Constituyente en Venezuela

La razón de ser de una Asamblea Constituyente, por lo menos de acuerdo a la Constitución venezolana, no es redactar una nueva constitución, como puede suponerse en otros países. No. Es asumir todo el poder, es decir, el poder constituyente, que está por encima de cualquier otro poder del Estado, incluso del propio poder convocante de esa Asamblea Constituyente.

Es decir, la Asamblea Constituyente resuelve el problema central de la política, cual es el problema del poder. Si la Asamblea Constituyente, se instala, se supone derogado de inmediato el poder ejecutivo, legislativo y judicial, e incluso el poder municipal y regional, o si se mantienen, lo hacen solo en forma delegada e interina, hasta que la Asamblea no decida otra cosa.

Pero antes de que se instale una Asamblea Constituyente hay que resolver un asunto no menor: quién y cómo elige a los constituyentes. Si los constituyentes se eligen por todos los ciudadanos, en igualdad de condiciones, sin discriminación alguna, sin que algunos ciudadanos tengan más derechos a elegir que otros, entonces la elección debe ser muy parecida a la elección de los parlamentarios.

¿Cómo decidir entonces sobre qué mecanismos de elección se utilizarán? La única forma es que el propio pueblo soberano decida, en un referéndum previo, cómo quiere que se elijan los constituyentes, a menos que existan leyes y/o preceptos constitucionales al respecto, que no es el caso venezolano.

Pero, aun así, se puede abrir debate sobre cuáles serían las circunscripciones electorales para efectos de esta elección de constituyentes, y cuál sería el método de elección. Podría suceder, por ejemplo, que una circunscripción elija dos constituyentes, con lo cual lo más probable es que el bloque mayoritario elija uno y el bloque minoritario, si tiene más del 34 %, elija el otro. Con eso se asegura que la Asamblea Constituyente que así se genere esté altamente pareada. También puede suceder que en una circunscripción electoral se elijan tres constituyentes, con lo cual lo más probable es que el bloque mayoritario elija dos, y el bloque minoritario elija uno. Si esta situación se repite en todas las circunscripciones electorales, el bloque mayoritario se asegura la mayoría en la Asamblea Constituyente misma. Otra opción es que en cada circunscripción electoral se elija un miembro de la Asamblea Constituyente, el cual obviamente será elegido por la fuerza política mayoritaria, con lo cual se asegura que la fuerza minoritaria quede fuera de la Asamblea. Es decir, la forma y los mecanismos de elegir son cruciales. Prácticamente la forma y los mecanismos de elegir determinan la conformación futura de dicha Asamblea Constituyente.

¿Cómo decidir entonces sobre qué mecanismos de elección se utilizarán? La única forma es que el propio pueblo soberano decida, en un referéndum previo, cómo quiere que se elijan los constituyentes, a menos que existan leyes y/o preceptos constitucionales al respecto, que no es el caso venezolano. Es decir, tendría que haber un referéndum sobre las formas y mecanismos de elección, después la elección misma de los constituyentes, de acuerdo al mecanismo aprobado, y finalmente la instalación de la Constituyente misma que asume todos los poderes y decide sobre cualquier cosa. Así se hizo cuando el presidente Chávez reformó la antigua constitución venezolana. Pero ahora el Presidente Maduro ha introducido una novedosa variante: los miembros de la Asamblea no serán elegidos por circunscripciones electorales, de base geográfica y ciudadana, sino por organismos corporativos que constelan en torno al propio gobierno, con lo cual asegura de inmediato el resultado final. Obviamente esta no es una forma de convocar al pueblo para que decida sobre la crisis política que sacude a Venezuela, sino precisamente una forma de evitar que el pueblo decida.