La Investigación Jurídica de Campo

La existencia de un mundo cambiante en lo social, económico, religioso, ético, moral obliga a un análisis permanente de la norma jurídica para adecuarla a la realidad, para lo cual se requiere un diagnostico de esa realidad. Desde hace varias décadas, el movimiento realista y la jurisprudencia sociológica han orientado la investigación jurídica por senderos diferentes a la investigación dogmática, meramente formalista y donde se investiga la norma independientemente de la realidad que la rodea, donde se investiga lo que la persona dice que hace con el derecho y no lo que realmente hace con él. Este último enfoque da origen a la investigación jurídica de campo o realista. La influencia de la investigación en ciencias sociales y el reciente interés en modificar los métodos de enseñanza son motivaciones de peso para modificar el rumbo del trabajo intelectual en el campo del derecho. En palabras de Jorge Avendaño, (1970), lo que se desea es una investigación jurídica que sin descuidar la búsqueda teórica indispensable en la biblioteca, alcance su plenitud con el estudio de la realidad concreta. Esto significa averiguar qué está ocurriendo en el mundo fuera de la biblioteca, por qué el comportamiento social es así como lo hemos comprobado en la realidad y cómo se puede forjar un imperativo legal efectivo.

Otra motivación de peso para el mencionado cambio de rumbo es el desarrollo de la sociología del derecho que emerge como especialidad autónoma con fuerte sustento en la investigación empírica, demostrándonos que el Derecho es susceptible de nuevas aproximaciones que nos permiten conocer nuevas facetas desconocidas del fenómeno jurídico. Los temas de que se ocupan los que trabajan en sociología del derecho constituyen un amplio espectro, abarcando tópicos tales como la profesión de abogado, la administración de justicia, la criminalidad, derecho y cambio social, aplicación del derecho, la costumbre como fuente del derecho. Con base en las categorías de William Evan, la investigaciones jurídicas de campo o realistas pueden agruparse bajo 5 tipos distintos de análisis: 1) análisis de roles, que se concentra en los estatus legales e incluye pesquisas sobre los diversos tipos de personal que cumplen funciones en el sistema legal; 2) análisis organizacional, que se interesa en la interrelación existente entre instituciones vinculadas con la administración del sistema y las clases de normas e interpretaciones que desarrollan; 3 ) análisis normativo, que intenta descubrir la relación entre las normas legales y sus valores subyacentes; 4) análisis institucional, centrado en el estudio de la relación entre el derecho y otras instituciones de la sociedad, y 5) análisis metodológico, que acentúa las posibilidades de aplicar las técnicas de investigación sociológica al orden legal. Los estudios referidos a la estabilidad y al cambio que estudian el derecho como agente de control social y como instrumento de cambio social se incluirían en el llamado análisis institucional. Además, cada una de las dimensiones de análisis puede sugerir investigaciones en términos comparativos o históricos, o en ambos.

Este enfoque empírico de investigación jurídica es muy atractivo y puede conducir a errores que deben evitarse desde el inicio. Uno de ellos consiste en creer que la investigación en derecho consiste en la simple constatación empírica de fragmentos del cuerpo legal de un país, sin criterios para la selección y con el riesgo de separar artificialmente una realidad mucho más rica y compleja. La tendencia hacia la práctica del hombre del derecho y el ofrecimientos de resultados de la investigación empírica pueden constituir una combinación que anule las posibilidades de la investigación. La anterior advertencia hecha por Zolezzi, (s/f), es precisamente uno de los obstáculos al trabajo interdisciplinario entre el derecho y las ciencias sociales. La posibilidad de manejar directamente las fuentes mismas del orden legal y el análisis de la vida del derecho más allá del bufete y de la sala de juicio abren el abanico de pasos que permita averiguar, con sentido práctico, lo que está sucediendo en algunas áreas del fenómeno jurídico. Aquí se requiere un trabajo interdisciplinario, aunque existen diferencias de estilo que pueden conspirar contra el trabajo interdisciplinario en la investigación jurídica. Por una parte, los estudiantes del derecho tienen poco interés por lecturas abstractas o teóricas y sus profesores de derecho están poco interesados por la investigación; mientras que en las escuelas de ciencias sociales se le asigna un alto valor a la producción intelectual. No obstante, el trabajo interdisciplinario es fundamental para el progreso de la investigación jurídica de campo o realista, por lo que cualquier esfuerzo que se haga en este sentido será ampliamente recompensado para un progreso sostenido en el mundo del derecho.  

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