Las Cybernotarías (Parte Segunda y última)

Con relación a las funciones del Notario, las mismas son cruciales para el éxito de comercio electrónico en redes abiertas, (medios no seguros), donde la identidad y capacidad para la realización de un acto no pueden ser determinadas por las formas tradicionales, y pueden ser aplicadas a cualquier transacción que requiera la intervención de una ‘tercera parte imparcial’, (trusted third party). Como un oficial de seguridad en el comercio electrónico que combina experiencia técnica y legal, el Cybernotario tendrá competencia para intervenir en transacciones dentro de una escala muy amplia, que requerirá distintos tipos de seguridad según la clase de transacción de que se trate.

Por ejemplo, la práctica del Cybernotario en el marco de una infraestructura de clave pública comprenderá intervenciones que irán desde la verificación de los datos de una persona a efectos de la registración de una clave pública y obtención de un certificado, a la certificación de la identidad y capacidad de una persona con el objeto de realizar un transacción, y a la autenticación de que una transacción cumple los requisitos legales y formales.

Este valor agregado que aporta la intervención del Cybernotario será mucho más útil y valioso para aquellas transacciones que deban producir efectos fuera de los Estados Unidos.

Como se dijo anteriormente, el Cybernotario tendrá dos funciones en el comercio electrónico basado en una estructura de clave pública. La primera de ellas será la de realizar una investigación de los usuarios que deseen registrar sus claves públicas para su utilización en el comercio electrónico.

Dado que la política y procedimientos para la registración serán establecidos por la autoridad certificante, los pasos a seguir por el Cybernotario para registrar al usuario variarán de acuerdo al grado de certificación que dicha autoridad desee proveer. Para una certificación de bajo valor, se podrá requerir al Cybernotario para establecer la identidad del usuario y asignarla a la llave pública.

Para certificaciones de alto valor, el Cybernotario puede ser requerido para realizar una exhaustiva investigación sobre el usuario, incluyendo su historia crediticia, criminal, etc., antes de que la clave pública sea emitida y certificada. En este sentido el Cybernotario funciona como una compuerta de seguridad para los usuarios de la autopista del comercio electrónico.

La segunda función electrónica será la de intervenir en las transacciones de derecho comercial internacional. El Cybernotario proveerá certificación y autenticación, independientemente del proceso de acreditación al que las partes hayan debido someterse para obtener sus claves públicas. La tarea principal consistirá es determinar la capacidad del usuario para realizar la transacción de que se trate, así como la verificación de todos los aspectos legales relacionados con la transacción en sí misma. Esto determinará que la transacción cumpla con los requisitos de fondo y forma de la jurisdicción que le corresponda.

Documento electrónico

Giannantonio distingue el documento electrónico:

En sentido estricto: el que queda almacenado en la memoria del computador y no puede llegar a conocimiento del hombre sino mediante el empleo de tecnología informática.

En sentido amplio: el que es procesado por el computador por medio de periféricos de salida y se torna así susceptible de conocimiento por el hombre.

El aspecto esencial es el origen que tiene el documento. Por una lado si el documento se ha generado por el hombre, quien lo redacta y lo digita, y lo almacena o reproduce por intermedio del ordenador. O si se admite que el propio computador genere el contenido del documento a partir de alguna combinación de la información disponible con ciertas instrucciones que operan en sus sistemas.

Las características del documento electrónico son:

a) Es generado o emitido a través de un computador.
b) Sólo puede hacerse público mediante tecnología informática.
c) Es inmaterial, que es la característica más relevante.
d) Para que tenga valor deberá estar sujeto a medidas técnicas de seguridad.

El comercio electrónico y la necesidad de realizar de manera más efectiva transacciones electrónicas con más regularidad, ha permitido que en la actualidad se plantee la necesidad de darle validez a los contratos que se realizan vía Internet. Es por ello que creemos pertinente que las cybernotarías juegan un papel fundamental a la hora de darle validez jurídica a todos los contratos que se realizan a través del ciberespacio. Es menester de los países, la creación de leyes que permitan regular, las relaciones comerciales que se realicen a través de Internet y darle mayor seguridad jurídica a este tipo de contratos, de esta manera se podrán garantizar de manera efectiva los millones de actos comerciales que cotidianamente realizamos vía Internet y empezaremos a dar pasos gigantes para expandir horizontes contractuales, contando con la confianza y seguridad de que el ordenamiento jurídico nos va a otorgar las seguridades que todos requerimos. (1)

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Nota:

1.-http://www.alfa-redi.org/rdi-articulo.shtml?x=641.

También http://www.it-cenit.org.ar/Links/Seguridad/CYBERN~1.html