Las empresas deberán reparar los daños ambientales hasta 30 años después de ocurridos

ARACELI ACOSTA. MADRID. (Tomado de ABC.es)

Quien contamina, paga y repara. Este es el objetivo que persigue el proyecto de Ley de Responsabilidad Medioambiental, al que el Consejo de Ministros dió recientemente luz verde, y que afectará a más de 5.000 instalaciones industriales, unas 30.000 empresas de transporte y casi un millón de explotaciones agrarias. Una norma que busca que las empresas o titulares de actividades potencialmente contaminantes prevengan, y respondan ante posibles daños al medio ambiente hasta 30 años después de ocurrido el evento que los ocasionó.

Se trata de asegurar que el responsable de la actividad devuelva los recursos naturales a su estado original, sufragando el total de los costes. Esto es lo más importante de esta ley -según explicó a ABC Alicia Camacho, secretaria general técnica del Ministerio de Medio Ambiente, puesto que «aún cuando no se haya cometido ninguna infracción administrativa» y, por tanto, no lleve aparejada una sanción, el responsable tendrá la obligación de reparar el daño.

Para garantizar el pago de la reparación ambiental, los operadores de esas actividades potencialmente contaminantes deberán contar con una póliza de seguro o aval que cubra los riesgos ambientales de la actividad. Sin embargo, esta obligación sólo será efectiva a partir de 2010, y se hará de forma gradual, «con el fin de asegurar que el mercado se encuentre en mejor situación de ofrecer tales garantías», según el comunicado del Ministerio de Medio Ambiente.

No obstante, la obligación de seguro no cubre todo el deterioro ambiental, puesto que las actividades que se considere que tienen un potencial dañino por debajo de 300.000 euros quedan exentas de esta exigencia. Si bien, estos umbrales de exigencia de garantía financiera se concretarán en un reglamento, que debe estar listo antes de que termine 2008.

Además de estos seguros que permitirán hacer frente a la reparación, también habrá multas para los que incumplan la ley, y van desde los 10.000 hasta los 2 millones de euros.

Entre las actividades que estarán sujetas a la norma se encuentran la mayor parte de los sectores industriales, la gestión de residuos, fabricación, almacenamiento, transformación y transporte de sustancias peligrosas, así como productos fitosanitarios; pero también el cultivo, transporte y comercialización de organismos genéticamente modificados.

Quedan fuera de la norma los daños derivados de los conflictos y la defensa nacional; los fenómenos naturales; la contaminación difusa; los riesgos nucleares (cuentan con otra norma), y el transporte marítimo de hidrocarburos y mercancías peligrosas, regido por leyes internacionales.

Fuente: ABC.es