Productos light, fórmulas mágicas?

Según Boletín de Consumer Eroski número 95 correspondiente a enero 2006. El consumo de productos light se ha incrementado en los últimos años y esta tendencia parece no tener freno, debido a la mayor preocupación que los consumidores mostramos por nuestra salud y apariencia física. Según datos procedentes de la Encuesta Continua de Presupuestos Familiares de 2003, realizada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) España, alrededor de un 6% de las personas entrevistadas afirmó adquirir estos productos para mantener la línea o mejorar la salud, en particular las mujeres.

Un producto light es aquél cuyo aporte energético es al menos un 30% más bajo que el de su alimento de referencia. La reducción energética se consigue disminuyendo la cantidad o sustituyendo los azúcares o las grasas por otros componentes menos calóricos.

Las personas que gozan de buena salud no deberían recurrir a este tipo de productos. Pero, se consideran adecuados para quienes deben limitar el aporte energético de su alimentación o la cantidad de grasas y/o azúcares, debido a que sufren algún trastorno o enfermedad.

Debemos tener claro que:
Los productos light no son adelgazantes. El hecho de que aparezca en los envases la palabra light, “sin azúcar añadido”, “bajo en grasas” o similares, no significa que sean adelgazantes. Es verdad que su aporte calórico es inferior respecto a los alimentos a los que imitan, pero algunos de ellos contienen grasas y azúcares en cantidades significativas. Tal es el caso de la mayonesa, los quesitos o el paté, alimentos ricos en grasa por naturaleza, aun tratándose de sus versiones ligeras.

La persona que hace uso de estos productos debe moderar de igual modo la cantidad o ración. De no ser así, sus efectos resultan contrarios a lo que se busca, produciendo incluso aumentos de peso. Para tener una idea más clara, una cucharada sopera (15 gramos) de mayonesa convencional contiene unas 100 calorías y unos 10 gramos de grasa, mientras que la versión light aporta en torno a 50 calorías y 5 gramos de grasa.

Estos productos deben usarse con prudencia, pues si se abusa de ellos, aumenta el riesgo de desequilibrios nutricionales. Las grasas y los azúcares son nutrientes necesarios para el buen funcionamiento del organismo, consumidos sin exceso. Si se sustituye muchos de los alimentos convencionales por sus versiones light, puede haber riesgo de carencia de nutrientes esenciales; es decir, aquellos que el organismo no puede producir por sí solo, más aún si el conjunto de la dieta no está correctamente diseñada.

De igual modo, si se consumen pocos hidratos de carbono, el normal funcionamiento del organismo también puede verse alterado. Esto último sucede si se suprimen o limitan al máximo alimentos ricos en hidratos de carbono como cereales y sus derivados (pasta, pan), papas, legumbres, verduras y frutas, dulces. Y la situación se agrava si a ello se suma el empleo de productos “sin azúcar”. Si no se consume la cantidad adecuada de hidratos de carbono -nuestro principal combustible energético- se produce un “autoconsumo” de las propias reservas corporales de efectos perjudiciales para la salud.

Es imprescindible leer las etiquetas. Antes de iniciar el consumo de un producto light, hay que leer los datos que indica su etiqueta, en especial su contenido nutricional y la lista de ingredientes, incluidos los aditivos.

Conviene comparar la lista de ingredientes del producto light con la del alimento tradicional de referencia, así como la composición energética y nutricional de ambos, no sólo por cada 100 gramos, sino también teniendo en cuenta la porción o ración de consumo, puesto que puede haber más de una sorpresa. Por ejemplo: si se compara la composición de dos tipos de galletas, ligeras y normales, por 100 gramos, la diferencia en calorías puede ser notable, pero ya no lo es tanto si se toma como referencia la ración de cuatro unidades. Compare de las características de los productos light y los tradicionales.

En la actualidad la única referencia que tienen las empresas del sector alimentario para calificar sus productos como light es el acuerdo elaborado en 1990 por la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria (CIOA). Se trata de una serie de recomendaciones, por lo que no existe un marco legal que obligue por el momento a cumplir con los requisitos propuestos, como, por ejemplo, que la reducción del valor energético respecto al producto de referencia sea al menos del 30%. Esto ha propiciado que no todas las empresas cumplan con dicho acuerdo, por lo que se encuentran en el mercado productos light o ligeros (galletas, cacao en polvo, papas fritas, jugos…) cuyo aporte energético apenas difiere de su equivalente de referencia, y con la diferencia de que son mucho más caros.

Boletín Consumer Eroski