¿Qué es el “default”?

“El Gobierno le ha hecho un default a
los venezolanos tenedores de bolívares”
– José Guerra

“Default” es un término que no forma parte del Diccionario de la Real Academia Española (RAE), aunque -como “idioma vivo”- es de uso frecuente en nuestra lengua. Se trata de una palabra inglesa cuya traducción literal refiere a algo que se hace por defecto o de forma predeterminada.

Sin embargo, su utilización más habitual en castellano, es diferente. El “default” se produce cuando un deudor deja de realizar los pagos correspondientes a su acreedor. De esta manera, el deudor cae en la cesación de pagos o default.

El “default” se produce cuando una empresa, una persona o un Estado no cuenta con dinero líquido (en efectivo) para hacer frente a su deuda. Al declararse en “defaul”t, el deudor busca alcanzar un acuerdo con sus acreedores para definir cómo concretar los pagos pendientes. Dichas negociaciones se desarrollan en un marco legal, con supervisión externa por parte de los órganos de la justicia.

Además de todo lo expuesto, se podría subrayar otros datos de interés relativos a esa supresión de pagos o “default”: • Puede producirse tanto con préstamos como con hipotecas o incluso bonos. • En ocasiones, “default” se utiliza como sinónimo de insolvencia, pero eso es un error. Se trata de dos situaciones jurídicas que toman como punto de partida el hecho que el deudor no puede hacerle frente a los pagos que tiene pendientes con el acreedor. Pero, en el caso del “default” es porque el citado deudor tiene activos, pero no son suficientemente líquidos, mientras que en la insolvencia el deudor directamente es incapaz de pagar las deudas que tiene. • Lo más habitual es usar default para referirse a la llamada “deuda soberana”; es decir, cuando un gobierno en concreto decide no pagar la deuda externa que posee.

Es importante matizar que cuando un Estado decide optar por esa medida, antes ha tenido que barajar las consecuencias que la misma traería consigo, tales como la reducción de las ganancias del comercio internacional.

Sobre ese último tipo de supresión de pagos hay que establecer que han existido muchos ejemplos a lo largo de los siglos. Así, Francia la llevó a cabo un total de ocho veces durante el periodo comprendido entre los años 1500 y 1800. En las décadas actuales o más cercanas, también se ha producido ese fenómeno, conocido también como “sovereign default” (default soberano). Este sería el caso de Uruguay en 2001, de Ucrania en 1998, de Rusia en 1998 o de Argentina en 2001.

Es importante tener en cuenta que, cuando el deudor declara su “default”, está informando que no dispone de liquidez para asumir su deuda, sin que esto quiera decirse que está en una situación de quiebra. En otras palabras: el deudor no dispone de dinero para entregar al acreedor, pero sí tiene otros activos (como bienes inmuebles y otros bienes, p. ej: aviones, barcos, mercaderías y otros tangibles). De esta manera, el “defaul”t es una suspensión temporal de los pagos, a diferencia de la quiebra que implica una situación irreversible.

En definitiva, el “default”, puede resolverse a partir de un acuerdo (que puede incluir una modificación de los vencimientos o incluso una quita (condonación o remisión: el acto jurídico por el cual una de las partes implicadas, que es acreedora de otra, decide renunciar a su derecho liberando del pago a la otra parte del monto de la deuda para que el deudor pueda reasumir sus pagos) o de la liquidación de los activos de quien debe.

El economista Eduardo Martinez A., trata de responder las siguientes inquietudes ¿Qué significa que un país se declare en suspensión de pagos? ¿Qué consecuencias tiene? He recibido algunas preguntas que intentaré contestar aquí. Por ejemplo el caso de Argentina.

· Los países no hacen “default”. Lo hacen sus gobiernos .El gobierno argentino puede hacer suspensión de pagos (“default”) y simultáneamente hay muchas empresas y familias argentinas que siguen pagando sus deudas. Cuando la prensa habla del posible “defaul”t de Grecia, Argentina, etc., se está refiriendo al “defaul”t de sus gobiernos y más en concreto a que estos dejan de pagar la deuda pública vencida o los intereses debidos.

· ¿Con qué se respalda la deuda pública de un país? Con nada. Es una deuda, habitualmente sin garantías reales. Es altísimamente improbable que un juez del país en “defaul”t te dé uno de los edificios públicos en compensación del impago. Si el gobierno mal pagador tiene bienes fuera de su país es bastante probable que algún juez de un país tercero los bloquee (“seize the asset”) ante la demanda de los prestamistas. Esto pasó en 2012 con el buque escuela de la armada argentina que se hallaba en Ghana. Muchos bancos centrales tienen parte de sus reservas en Londres o Estados Unidos (en Fort Worth) y estos bienes sí se pueden bloquear.

· La consecuencia casi única del “default”, y no pequeña, es que el gobierno pierde el acceso a los mercados de deuda. Ya no se podrá financiar con emisiones de bonos en el exterior. Esto le obligará a tener cero déficit público o a crear dinero (e inflación) para pagar el déficit. Obviamente, no podrá (y no querrá) hacer frente a los vencimientos próximos de deuda, ya que la mayoría o toda la deuda pública (de cualquier país) se refinancia, es decir: se devuelve con lo que te acaban de prestar. Y como no te prestarán, no podrás devolver.

· Otra consecuencia, ésta todavía más dura, es que en caso de default las empresas y familias no pueden financiarse en el exterior, pues si no prestan al gobierno tampoco prestarán a empresas ni familias. En una situación de default, la economía se cierra y depende completamente de sí misma. El papel del Banco Central del país deudor pasa a ser híperclave para que fluya el dinero;, pero con la tentación de crear dinero y provocar inflación. Si los bancos del país dependen mucho de la financiación exterior, tienes un problema, pues súbitamente se quedan sin dinero y con ello toda la economía se queda sin dinero.

· Por supuesto que la divisa de ese país se devaluará, por la falta de confianza que crea su gobierno. Pero esto no es malo para la economía, pues hará que las empresas del país exporten más y los consumidores importen menos y eso es bueno para la economía.

· Por último: la prima de riesgo se dispara. Esto hace que los activos del país, sean empresas, inmuebles, etc., pasan a valer mucho menos y serán fácilmente comprables por los de fuera (aunque esto no es necesariamente malo, es más, acaba siendo bueno).

Todo este proceso produce casi irremisiblemente mayor pobreza de la población y estancamiento económico. Pasa de vez en cuando. El ejemplo más reciente, Venezuela.

¿Cuáles son sus consecuencias para Venezuela?

 “La van a pagar a costa de mayor escasez interna”, afirman los tratadistas de esta área del conocimiento.

Los expertos afirman que Venezuela se vería obligada a adoptar esta decisión debido a que en el futuro otras empresas podrían cerrar sus líneas de crédito con el país, lo cual tendría repercusiones en las importaciones de insumos básicos, como medicinas y/o alimentos.

Entre las principales consecuencias de un “default” para Venezuela, se encuentra el cierre total de los mercados internacionales en torno a Venezuela, quienes se negarían a seguir suministrando de productos importados (materias primas, bienes terminados, etc.) a las empresas nacionales.

Afirmando que el “default” financiero es peor que el default comercial, por lo que el Estado se decantará por este último y dejar de cumplirles a algunas empresas nacionales, en lugar de recurrir a un “defaul”t financiero que implicaría el cierre de puertas de los mercados internacionales.

Es de resaltar, que últimamente se está presentando la declaratoria de “default” emitida por entes del mundo financiero, lo cual muestra que ahora no es sólo potestad del país deudor, sino que también lo es por entes externos que participan en el mundo financiero, lo cual (según se escucha decir) se realiza cuando el deudor no da señales de admitir su mal estado financiero que le obligaría a declararse en “default” y no declara lo correspondiente. Así ha sucedido en el caso venezolano cuando la Agencia Standard & Poors (S&P) al señalar: “Ahogada por la crisis económica, Venezuela entró en “default” parcial tras el impago de 200 millones de dólares en sus bonos globales, lo que amenaza con desencadenar el incumplimiento de su abultada deuda externa”. Así, la agencia S&P, se convirtió en la primera en declarar el “defaul”t parcial de Venezuela, al indicar que actuó luego de que se cumplieran los 30 días de gracia otorgados para pagar el cupón de los bonos 2019 y 2024.