Nueva Ley Orgánica de Minas

En el año 2006 la Asamblea Nacional inició la discusión de la una nueva Ley Orgánica de Minas, que estaba destinada a sustituir a la ley vigente que fue aprobada en 1999 en el contexto de las facultades habilitantes que en ese entonces tenía el Presidente Chávez. Ese proyecto de ley del 2006 alcanzó a aprobarse en primera discusión en la Asamblea Nacional, pero allí se paralizó, entre otras razones, porque hubo un cambio de ministro en el Ministerio de Industrias Básicas y Minería, MIBAM, y la nueva autoridad optó por parar el texto en discusión hasta nuevo aviso. Actualmente la información disponible parece señalar que el MIBAM presentará un nuevo proyecto, no para que sea discutido en la Asamblea Nacional, sino nuevamente para que sea aprobado directamente por la vía de las facultades legislativas de que dispone el Presidente Chávez. Respecto a ese nuevo texto legal, a pesar de la privacidad con que se discute, es posible hacer las siguientes presunciones:

1.- El modelo a seguir será, hasta donde sea aplicable, la Ley vigente de Hidrocarburos, mediante la cual se modificó la estructura empresarial que imperaba en el sector petrolero. Aun cuando se mencionan diferentes tipos de empresas posibles, parece que la empresa mixta, en la cual el Estado tenga mayoría accionaría, es la que en mayor medida atrae la atención y la expectativa de las autoridades del MIBAM.

2.- Se pondrá fin a la política de concesiones, entendida éstas como la otorgación de derechos que se constituyen posteriormente en activos cuantificables y negociables entre diferentes empresas. No se otorgarán mas concesiones. Solo derechos de explotación, asignados a una empresa determinada, por tiempo limitado y sin que esa autorización pueda cambiar de manos sin conocimiento y permiso expreso de las autoridades venezolanas.

4.- Los tipos de propiedad que estarán presentes o que serán posibles en el sector minería serán cónsonas con los diferentes tipos de propiedad que se mencionan en la reforma constitucional que será votada en diciembre. La propiedad social, en sus diferentes manifestaciones, estará presente como posibilidad permitida, con lo cual se abre la posibilidad de organizar y formalizar a la gran cantidad de mineros independientes que actúan sobre todo el la minería de oro y del diamante, fundamentalmente en el Estado Bolívar. Esa necesaria concordancia entre la Constitución y la ley hace que la ley no vea la luz pública sino después de Diciembre.

5.- Se creará un empresa estatal cúpula, con gran músculo financiero y técnico, similar a PDVSA, que se denominará algo así como Empresa Nacional de Minería, que será el organismo operativo del Estado para negociar y operar en todo el campo de la minería.

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