Los paraísos fiscales tienen mala fama internacional. Muchas personas e instituciones hablan mal de ellos y nadie los defiende. Incluso en varias reuniones de presidentes o dignatarios de alto nivel internacional se han tomado decisiones para terminar con ellos, o por lo menos para limitar sus actividades actuales. Pero esas decisiones, por una u otra razón, nunca se cumplen. En todo caso, gran parte del público no sabe exactamente porque esos paraísos fiscales son tan malos como se dice.
Un paraíso fiscal es un territorio fiscal – a los cuales a veces ni siquiera les alcanza para ser un país – donde no se cobran impuestos a las empresas allí establecidas, o se cobran con una tasa sustantivamente más baja que la que imperan en la mayoría de los países que participan en el comercio y en las finanzas internacionales. En estos sitios también impera un estricto secreto para las operaciones que allí se materializan.
Por ello, en estos sitios es posible ocultar y manejar con facilidad fondos provenientes del narcotráfico o de otras actividades ilícitas, tales como el robo puro y simple de las arcas fiscales, por parte de gobernantes corruptos, o de la aceptación de sobornos por parte de los mismos. Pero también una serie de operaciones comerciales y financieras de entera legalidad, se cobijan tras los mecanismos que ofrecen los paraísos fiscales.
Tratemos de explicar esto último a través de un caso sencillo, aun cuando ficticio. Si una empresa establecida en Chile compra servicios – estudios, asesorías, patentes, derechos de autor, consultorías, cursos, créditos – a una empresa establecida en un paraíso fiscal, puede, si se lo propone, pagar por esos servicios precios más elevados que los que podría encontrar en el mercado nacional o internacional. Con eso sus utilidades disminuyen, pero aumentan las utilidades de la empresa radicada en el paraíso fiscal, donde no se pagan impuestos por esas utilidades. La empresa que disminuye sus utilidades deja de pagar impuestos en Chile con lo cual disminuye la capacidad fiscal, social y promotora del crecimiento del gobierno nacional.
Este en un negocio redondo cuando la empresa que rebaja sus utilidades y la empresa que se beneficia de ello, tienen un alto grado de asociatividad, ya sea porque son del mismo dueño, en forma clara y conocida, o a través de familiares o funcionarios que sirven de palos blancos, o son de dueños que tienen negocios conjuntos en diferentes países. Obviamente la empresa nacional no va a ceder generosamente sus utilidades a una empresa extranjera, a menos que haya entre ellas intereses comunes y compartidos.
Con ese juego, el gobierno nacional pierde posibles impuestos que hubiera legítimamente cobrado y utilizado, si las utilidades de la empresa asentada en su territorio fueran elevadas. El sistema presentado permite sacar capitales, concentrándolos en un país donde no pagan impuestos y dejar de aportar, por lo tanto, al crecimiento económico y a las necesidades fiscales y sociales del país.
Ponerle coto a esta situación no es fácil, pues es difícil controlar – y con más razón impedir- que una empresa contrate servicios con otras empresas internacionales. Eso es parte constitutiva de las cadenas de valor y del funcionamiento del sistema comercial contemporáneo. Además, por lo general, los servicios son como un traje a la medida, que no tienen una producción en masa, con unidades del mismo tipo y calidad. En otras palabras, el mercado de servicios es un mercado bastante poco perfecto.
Pero los paraísos fiscales, por muy poco transparentes que sean, no dejan de utilizar, en algún punto de sus intrincadas redes, los servicios del resto de la banca internacional. Por ello, el secreto bancario – no de las operaciones de los bancos y empresas de los propios paraísos fiscales, sino precisamente de los bancos de alta respetabilidad – es una herramienta clave para mantener todo este sistema en funcionamiento. Sería útil, por lo tanto, que en las discusiones que hoy en día se tienen en el país sobre la fiscalidad, la elusión fiscal y el crecimiento económico, se introduzcan algunas cláusulas que permitan limitar el secreto bancario, dándole potestad a los servicios de aduana y de impuestos internos para tener acceso a la documentación que corresponda. El problema no se solucionaría completamente con aquello, pero sería un avance.