Pasivos o Derechos Laborales y Fondo de Jubilaciones y Pensiones

Los pagos que se hacen por estar suscrito al contrato de un seguro social, económico o de salud o a un fondo de jubilaciones y pensiones no pertenece, por lo general, a los cotizantes. En caso de necesidad o eventos causados estas empresas devuelven ese dinero pagado en servicio, cubriendo los gastos establecidos en dicho contrato. Cubiertos los límites de la previsión privada, la previsión pública se activa. Ambas ante hechos imprevistos se complementan y son necesarias.

También es importante saber que los propietarios de ese negocio de los seguros de previsión social obtienen ganancias, que son repartidas entre ellos. Igualmente, cuando los seguros de previsión social fracasan, son liquidados y sus haberes son legalmente distribuidos entre sus propietarios. La liquidación de un fondo de jubilación y pensión que no cumple la misión de previsión social por la que se creó es necesaria y dolorosa, en la que supuestamente no beneficia a unos y deja de beneficiar a otros, permite la opción de sanear de vicios estas empresas benefactoras, organizando nuevas empresas de servicios, de previsión social, a objeto de que cumplan el fin para la que fueron creadas.

Los fondos de jubilaciones que, por irregulares y deficitarios, no cumplen la misión por la cual fueron creados al no pagar jubilaciones ni pensiones causadas, no dan ni desarrollan protección socioeconómica a las comunidades, convirtiéndose algunos de ellos en prestamistas, y para eso está por ejemplo en la U.C, IPAPEDI que reparte dividendo a sus afiliados, son liquidados y, en ejercicio de la justicia y el derecho se transforman en pasivos laborales. El patrimonio de estas instituciones formadas por cotizaciones de los trabajadores, quienes pagan el 50% de cotizaciones y el Estado le completa pagándoles el otro 50%, se muestra que los trabajadores pagan el 100% de las cotizaciones y por eso es que los trabajadores que cotizan, son los legítimos propietarios de estos Fondo de jubilaciones y pensiones; no sus administradores. En consecuencia, liquidados los Fondos sus haberes se tienen que distribuir de una forma justa y legal entre sus legítimos propietarios; por esto humildemente pienso, pasan hacer pasivos laborales o derechos no pagados. La liquidación de los Fondos de Jubilaciones y Pensiones de la Universidad Simón Rodríguez y la distribución o reparto de estos recursos existentes a la fecha, de una forma justa y legal, entre todo el personal activo, jubilado y egresado, es un hecho cumplido; razón por la que ordenaron pagar estos fondos de jubilaciones y pensiones de la UNESR, como pasivos o derechos laborales.

Ante la situación no positiva de los Fondos de jubilaciones y pensiones, el Ministerio de Educación Universitaria, supuestamente, en cumplimiento de las políticas de previsión social del Estado Venezolano que paga las prestaciones sociales, jubilaciones y pensiones, ordenó liquidarlos, en estas condiciones, a los profesores, empleados y obreros, reintegrarles los aportes e intereses y beneficios generados, más devolverle el otro 50% pagado hasta ese año por parte del ejecutivo nacional, por eso este patrimonio forma parte de los pasivos laborales al igual que las deudas de las prestaciones sociales acumuladas y no pagadas.

El reconocimiento, del Ministerio de Educación Universitaria, de ordenar devolver el 100% de los aportes a los trabajadores, con los intereses y beneficios generados de los fondos de jubilaciones y pensiones a sus legítimos propietarios, llámese profesores, empleados y obreros, o cotizantes, tiene el carácter colectivo de superar el posarcaísmo o caudillismo autocrático, autoritario y arbitrario, al que estamos sometidos.

Reitero que, estos pasivos laborales o derechos no pagados son obligaciones legales del Estado Venezolano con los trabajadores. Si estas obligaciones se convierten en pasivos laborales no pagados y definitivamente incumplidas por funcionarios del sector público o del sector privado, son hechos históricos presuntamente delictivos que deberíamos impedir.

Propongo, una vez distribuidos legalmente los haberes de los fondos de jubilaciones y pensiones liquidados, podemos crear una nueva empresa solidaria de previsión
social.